¿puede un inquilino cambiar la cerradura de la casa?

Al momento de alquilar una casa o departamento, es común que se entreguen todas las llaves al inquilino. Sin embargo, tener en cuenta que la entrega de llaves no significa el fin del contrato de arrendamiento. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos, el arrendador tiene un plazo de un mes para devolver la fianza al inquilino y asegurarse de que este ha cumplido con todas sus obligaciones. Mientras tanto, el inquilino sigue siendo responsable de pagar las rentas hasta que devuelva la posesión de la vivienda y las llaves al arrendador.

Índice

La entrega de llaves pone fin al contrato de alquiler

La entrega de llaves es el último acto realizado por el inquilino que marca el fin del contrato de arrendamiento. Según el artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, titulado Desistimiento del contrato, el inquilino debe entregar las llaves al arrendador en el momento en que finaliza el contrato, ya sea por desistimiento o por la expiración del plazo convenido. Esta entrega de llaves implica devolver la posesión de la vivienda al propietario o a su representante legal.

Es importante destacar que la entrega de llaves en un contrato de alquiler es diferente a la entrega de llaves en una compraventa. En la compraventa, la entrega de llaves es un acto simbólico que se realiza en la notaría para marcar la transferencia de la propiedad. Sin embargo, en el alquiler, la entrega de llaves debe realizarse en el domicilio arrendado, con la presencia de ambas partes y durante la inspección conjunta de la vivienda. Esta entrega de llaves es un acto material y real que demuestra la finalización del contrato de arrendamiento.

La prueba de la entrega de llaves recae en el inquilino

Tanto el inquilino como el arrendador tienen la responsabilidad de demostrar el momento de la entrega de llaves y documentarlo en un acuerdo de extinción de contrato. En este documento, se debe dejar constancia de que el inquilino ha devuelto la vivienda en buen estado o, en caso contrario, anotar cualquier desperfecto en un acta de irregularidades. Durante la inspección conjunta de la vivienda, ambas partes deben revisar objetivamente el estado del inmueble.

Es fundamental que el fin del contrato de alquiler sea acordado por ambas partes y que la entrega de llaves esté debidamente documentada. De lo contrario, el arrendador puede reclamar el pago de las rentas futuras y el inquilino deberá demostrar ante un juez la fecha de entrega, lo cual puede resultar complicado si no se ha documentado correctamente la devolución de las llaves.

Según el artículo 211 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, corresponde al inquilino probar que entregó las llaves al arrendador antes de la fecha en que se le reclaman las rentas. Si existe controversia sobre la entrega de llaves, será el juez quien, a partir de las pruebas presentadas por ambas partes, decida sobre el asunto. Tener en cuenta que el simple hecho de recoger las llaves no implica que el arrendador esté de acuerdo con la terminación del contrato, ya que este tiene derecho a no aceptarlas según el artículo 1256 del Código Civil.

La devolución de la fianza

Al finalizar el contrato de arrendamiento y realizar la entrega de llaves, es posible que se proceda a la devolución de la fianza y, en su caso, de otras garantías o avales que haya proporcionado el inquilino. Sin embargo, tener en cuenta que la entrega de llaves no debe estar condicionada a la devolución de la fianza, ya que son conceptos distintos y pueden resolverse en momentos diferentes.

El Tribunal Supremo ha establecido que la entrega de llaves condicionada no implica la entrega efectiva de la posesión, por lo que el arrendador no puede retener la fianza por este motivo. Según la jurisprudencia, la entrega de llaves es un acto liquidativo del contrato, en el cual se debe devolver la fianza y otras garantías que hayan estado en poder del arrendador durante el alquiler. En caso de que existan daños en la vivienda o pagos pendientes, el inquilino deberá hacerse cargo de ellos. Si no hay obligaciones pendientes, el arrendador no tiene derecho a retener la fianza y el inquilino puede reclamarla extrajudicialmente o, en su caso, judicialmente.

Es importante destacar que el arrendador tiene un plazo de un mes, a partir de la finalización del contrato, para devolver la fianza. Durante este tiempo, puede examinar detalladamente la vivienda para determinar posibles daños imputables al inquilino y otros conceptos por los cuales retener la fianza. Si no hay obligaciones pendientes, el arrendador debe comunicar al inquilino el destino que se le dará a la fianza, detallando los conceptos a los que se aplicará, según establece la Audiencia Provincial de Madrid en una de sus sentencias.

¿Qué hacer si el arrendador se niega a recoger las llaves?

Si el arrendador se niega a aceptar las llaves al finalizar el contrato, el inquilino debe notificar formalmente su intención de dar por finalizado el contrato de alquiler, dentro de los plazos establecidos por la ley y, en su caso, de acuerdo con lo pactado en el contrato. Sin embargo, tener en cuenta que el simple ofrecimiento de las llaves no obliga al arrendador a aceptarlas ni implica la terminación del contrato de manera unilateral.

En este caso, el inquilino puede optar por realizar una consignación judicial de las llaves en el juzgado competente, amparándose en el artículo 91 de la Ley de Jurisdicción Voluntaria. Es importante solicitar la cuenta de consignación del juzgado y seguir depositando las rentas en esta cuenta hasta que se resuelva la situación mediante un acuerdo entre las partes o una sentencia judicial.

La entrega de llaves al finalizar un contrato de arrendamiento es un acto que marca el fin del mismo, pero no implica la extinción automática del contrato ni la devolución de la fianza. Es importante que tanto el inquilino como el arrendador estén de acuerdo en la terminación del contrato y documenten adecuadamente la entrega de llaves. En caso de discrepancia, será el juez quien decida sobre el asunto, por lo que es fundamental contar con pruebas que demuestren la entrega de llaves y la devolución de la vivienda en buen estado.

Si quieres conocer otros artículos parecidos a ¿puede un inquilino cambiar la cerradura de la casa? puedes visitar la categoría Cerrajería.

Subir

Utilizamos cookies propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarte contenidos y servicios personalizados a través del análisis de la navegación. Acéptalas o configura sus preferencias. Más información